Constituir una sociedad son varios trámites encadenados entre un notario, un registro, Hacienda y la Seguridad Social. De todo eso nos ocupamos nosotros. Tú tomas cinco decisiones, reúnes unos documentos y firmas una vez.
Son las decisiones que condicionan tu fiscalidad y tus cotizaciones durante años. Si tienes dudas en alguna, la resolvemos en la primera llamada: es más barato pensarlas ahora que cambiarlas después ante notario.
Piensa tres nombres por orden de preferencia. El registro rechaza los que se parezcan a uno ya existente. El nombre legal y la marca comercial pueden ser distintos.
El porcentaje no es sólo reparto de beneficios: decide quién manda en las votaciones y quién tiene que cotizar como autónomo.
La ley permite empezar con 1 €, pero por debajo de 3.000 € hay obligaciones adicionales. Con 3.000 € eso desaparece. El dinero no se pierde: se usa para el negocio.
Puede firmar una sola persona, cualquiera por separado, o dos de forma conjunta obligatoriamente. Se puede cambiar más adelante.
Necesitamos una dirección y un papel que justifique que puedes usarla. Si abres al público o almacenas material, hará falta un local con licencia.
Descríbelo en una frase. Nosotros lo traducimos a los códigos oficiales (CNAE/IAE) que determinan tu mutua, tu convenio y tus impuestos.
En orden, porque cada paso desbloquea el siguiente. Marcamos qué hace falta de ti en cada uno: en la mayoría, nada.
Pedimos al registro que compruebe que ninguna otra empresa se llama así y que te lo reserve. Sale un certificado que hay que llevar al notario y que caduca, así que a partir de aquí conviene no parar. Tres nombres por orden de preferencia.
1 a 2 díasVas al banco con el certificado del nombre y abres una cuenta a nombre de la empresa en formación. Ingresas el capital y el banco te da un justificante. Ese dinero es tuyo: en cuanto la empresa está inscrita, lo usas con normalidad. Que vayas al banco y nos pases el justificante.
1 a 3 díasRedactamos los estatutos, calculamos el reparto de participaciones, elegimos los códigos de actividad y las opciones fiscales, y montamos el expediente completo (el Documento Único Electrónico del CIRCE). Los datos del formulario de más abajo. Con eso ya no volvemos a molestarte hasta la firma.
El mismo díaTe damos día y hora. Acudís todos los socios con el documento de identidad en vigor. El notario lee la escritura, la firmáis y en ese mismo acto solicita el NIF provisional de la empresa. Que vayáis todos, con el DNI o NIE original y en vigor.
Cita en 1 o 2 díasLa escritura va al Registro Mercantil por vía telemática. Cuando queda inscrita, tu sociedad existe como tal, el NIF pasa a ser definitivo y la responsabilidad deja de ser personal para pasar a ser de la empresa. De ti no necesitamos nada: te avisamos cuando esté.
De unas horas a 5 díasComunicamos que la empresa empieza a operar, en qué régimen de IVA, con qué obligaciones trimestrales, y damos de alta como autónomo (RETA) a quien corresponda. El número de Seguridad Social de quien se dé de alta y una cuenta para domiciliar la cuota.
El mismo díaEscritura, NIF definitivo, certificado electrónico de la empresa y calendario con todas tus fechas del año. A partir de aquí puedes facturar, contratar y firmar en nombre de la sociedad.
Primera semanaUn ejemplo real: sociedad limitada con capital de 3.000 €, estatutos tipo y constitución por el trámite ágil (PAE/CIRCE). Son aranceles oficiales, no los ponemos nosotros, salvo la última fila.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Reserva del nombreCertificación de denominación social · Registro Mercantil Central | 27,27 € |
| NotarioConstitución con estatutos tipo, capital hasta 3.100 €. Varía algo según notaría | ≈ 119 € |
| Inscripción en el Registro MercantilAsiento e inscripción de la constitución | 55,67 € |
| Impuesto de constitución (ITP-AJD)Operaciones societarias: exentas por ley | Exento |
| Nuestros honorariosGestionamos todo el proceso, del paso 1 al 7 | 175 € |
| Total aproximado | ≈ 377 € |
Estos son, literalmente, los datos que pide el Documento Único Electrónico (CIRCE) para constituir tu sociedad: la empresa, cada socio y el domicilio. Rellénalo y nos llega listo para preparar tu expediente.
Abre el formulario, rellena lo que sepas y déjanos el resto pendiente — no hace falta que lo tengas todo a la primera.
Esto es lo que empieza el primer día de actividad. De casi todo nos encargamos nosotros, pero conviene que sepas que existe.
Declaración de IVA y, si hay nóminas o alquiler, las retenciones. Nosotros las preparamos y presentamos; tú sólo tienes que hacernos llegar las facturas.
Impuesto de Sociedades y depósito de las cuentas en el registro. No depositarlas bloquea la empresa: no podrías ni cambiar de domicilio.
Alta previa al primer día de trabajo, contrato, nóminas, registro de la jornada, formación en prevención de riesgos y reconocimiento médico.
Informarles de qué haces con sus datos, tener contrato con tus proveedores tecnológicos y documentar las medidas de seguridad.
Hacienda y la Seguridad Social te notifican sólo por vía electrónica, y los plazos corren aunque no lo mires. Nosotros vigilamos tu buzón.
Numeración correlativa, datos obligatorios y conservación durante años. La facturación electrónica entre empresas será obligatoria, y te avisaremos con tiempo.
Nuestro sistema propio de fichaje y gestión laboral, ya en sus últimas pruebas. En cuanto des de alta a tu primer trabajador, cumple el Art. 34.9 ET desde el minuto uno.
Acceso anticipado¿Puedo poner la empresa en mi casa?
Sí, si la actividad es compatible con una vivienda y tienes cómo justificar que puedes usarla. Para actividad con público, almacén o maquinaria, necesitarás un local con licencia municipal.
¿Tengo que hacerme autónomo si monto una sociedad?
Depende de si trabajas en ella y de tu porcentaje. Un socio que sólo pone dinero y no trabaja, no. Lo calculamos contigo antes de constituir.
¿Es mejor sociedad o autónomo?
Por debajo de cierto beneficio, ser autónomo suele salir más barato y más simple. La sociedad compensa cuando el beneficio sube o quieres separar tu patrimonio del riesgo del negocio. Lo miramos con tus números.
¿Puedo perder mi casa si la empresa va mal?
La responsabilidad se limita a lo aportado, salvo excepciones: avalar personalmente, administrar mal o no depositar cuentas puede romper esa protección.
¿Y si dentro de un año quiero cambiar el nombre o la actividad?
Se puede, con acuerdo de los socios y una visita al notario. Cambiar de dirección dentro de España es más sencillo y no necesita junta.
¿Cuánto me va a costar todo?
Verás el desglose completo, con importes reales, en la tabla de arriba: para una sociedad con capital de 3.000 € y estatutos tipo, ronda los 377 € entre aranceles oficiales y nuestros honorarios. El impuesto por constituir está exento.
Una llamada de veinte minutos basta para saber si te conviene una sociedad, con cuánto capital y quién debe darse de alta. Si sigues adelante, empezamos ese mismo día.
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