🏢 Guía práctica para empresas · Edición 2026

Acabas de constituir tu sociedadQué pasa ahora y qué gestiones se hacen por ti

Después de firmar la escritura de constitución, hay una serie de trámites automáticos y otros que dependen de ti. Esta guía resume qué hace la gestoría, qué recibirás y cuándo, y qué necesitarás para abrir la cuenta bancaria.

Qué pasa tras la firma, paso a paso

La mayoría de estas gestiones las hace la gestoría automáticamente — no tienes que reclamarlas ni hacer seguimiento.

1
Gestoría

CIF provisional

Lo tendrás listo casi al instante: el mismo día de la firma o, como mucho, al día siguiente. Es el número con el que tu sociedad queda identificada desde el primer momento, y es el mismo número que conservarás cuando más adelante se convierta en definitivo — no hay que cambiarlo en ningún documento.

2
Gestoría

Modelo 036 (alta de actividad)

Uno o dos días después de firmar recibirás este modelo ya relleno, con el alta censal de tu actividad. Al cubrir todas las altas necesarias en un único documento, te ahorras tramitar la casilla 111 por separado.

3
Automático

Inscripción en el Registro Mercantil

En torno a dos días después de la firma, tu sociedad queda formalmente inscrita. El justificante de esa inscripción se incorpora más adelante a la copia autorizada de la escritura, así que no tendrás que solicitarlo por tu cuenta.

4
AEAT

CIF definitivo

Cuando Hacienda termina de procesar el expediente, el CIF deja de ser provisional. Como justificante, la AEAT emite una tarjeta acreditativa que llega por correo postal al domicilio social (sin fecha fija, puede tardar), aunque si tienes prisa, el propio administrador puede pedirla en persona en cualquier oficina de la AEAT llevando las escrituras.

5
Notaría

Copias autorizadas de la escritura

Con la sociedad ya inscrita y el CIF definitivo en mano, la notaría prepara la copia autorizada: el documento firmado por socios, administradores y notario, junto con el sello de inscripción registral. Es el papel que acreditará que quien firma en nombre de la empresa tiene poder real para hacerlo.

6

Apertura de la cuenta bancaria

Este es el paso donde te toca moverte a ti: elige el banco y lleva el modelo 036 junto con la escritura de constitución. Ten a mano también la tarjeta de CIF definitivo, porque algunas entidades la piden como documento adicional.

Comunicaciones que puedes ignorar

📧

Email de "Consulta de Expediente"

Solicitando usuario y contraseña

Es habitual recibir, poco después de firmar, un aviso automático de una plataforma oficial pidiéndote que te registres con usuario y contraseña para consultar el expediente. No hace falta que entres ahí: cualquier dato relevante de ese trámite (por ejemplo el CIF provisional) te lo hará llegar directamente tu gestoría, sin que tengas que ir a buscarlo.

🧾

Factura de Registradores

Por la inscripción en el Registro Mercantil

El Colegio de Registradores emite una factura asociada a la inscripción de tu sociedad. Puede que te llegue una copia informativa, pero el pago y la gestión de esa factura corren por cuenta de la gestoría — no requiere ninguna acción por tu parte.

Certificado digital de la sociedad

Permite comunicarse de forma segura con las administraciones, recibir notificaciones y hacer gestiones telemáticas.

👤

Primero necesitas tu certificado personal

El del administrador, como persona física

El certificado de la sociedad no se puede pedir directamente: es un requisito previo tener ya el certificado digital personal del administrador, a título individual. Una vez lo tenga, ese certificado personal sirve como llave para iniciar el trámite del certificado de la empresa.

🏢

Ese certificado personal debe estar acreditado presencialmente

Una renovación online no es válida para este trámite

Para poder usarlo como base del certificado de la sociedad, el certificado personal del administrador tiene que haberse obtenido con acreditación presencial (cita en una oficina de registro tipo AEAT, Seguridad Social, etc.). Si el certificado personal que tienes en vigor procede de una renovación electrónica de uno anterior, sin haber pasado por ese trámite presencial, no sirve para solicitar el de la sociedad — habrá que sacarlo de nuevo de forma presencial antes de continuar.

💼

Puede tramitarlo la gestoría por ti

35€ + IVA de honorarios + 29,04€ de tasas administrativas

Si prefieres no ocuparte tú del trámite, la gestoría puede gestionarlo en tu nombre. El coste es de 35€ + IVA en concepto de honorarios, más las tasas administrativas oficiales (29,04€), que son aparte.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo puedo empezar a operar?

En cuanto tengas el CIF provisional (el mismo día o al día siguiente de la firma) ya puedes operar. El CIF definitivo no cambia el número, solo formaliza la situación ante Hacienda.

¿Necesito la casilla 111 aparte?

No. El modelo 036 que envía la gestoría ya incluye todas las altas correspondientes.

¿Dudas sobre tu constitución?

Si algo no cuadra con estos plazos o necesitas ayuda con la apertura de la cuenta bancaria o el certificado digital, escríbenos.

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